- Según la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia (año 2.008), en España existen 1.064.000 personas afectadas por una discapacidad auditiva en distinto tipo y grado.
- Según datos de dicha encuesta, la población con discapacidad auditiva que utiliza la lengua de signos son 13.300 personas.
- Según datos de la Comisión para la Detección Precoz de la Hipoacusia (2.000), en 1.999, se estima que cinco de cada mil recién nacidos padece una sordera de distinto grado, lo que en España supone la cifra de casi 2.500 nuevas familias con hijo/a sordo cada año.
- Uno de cada mil habitantes adquiere la sordera a lo largo de la vida.
- Según el sector profesional audioprotésico, se estima que el 8% de la población (más de 3 millones y medio de personas) tiene problemas auditivos, de distinto tipo y grado, que les plantean dificultades para entender una conversación en un tono normal.
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jueves, 27 de enero de 2011
DATOS
miércoles, 19 de enero de 2011
IMPLANTES COCLEARES
Hemos recibido nueva información sobre la renovación de los COMPONENTES EXTERNOS DE LOS IMPLANTES COCLEARES, os la detallo:
Según la Orden SAS/1466/2010 de 28 de mayo que actualiza el anexo IV del Real Decreto 1030/2006 de 15 de septiembre por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, toda aquella persona que se haya implantado y necesite renovar los componentes externos puede hacerlo. Los pasos a seguir para el trámite de renovación son:
- Solicitar la revisión del Implante en el Centro Implantador.
- Informe del Otorrino, indicando qué componente debe renovarse. Los períodos de renovación aproximados de los componentes son:
. Procesador externo: 7 años
. Micrófono: 4 años
. Antena: 1 año
- La renovación se realiza en el propio Centro Implantador, si no hubiera componentes disponibles en el mismo, el usuario/a, tendría que solicitar un "reintegro de gastos" a través de la Gestoría del Usuario del Hospital. En el caso de ser un Centro Implantador que no pertenezca a la Sanidad Pública, el usuario/a debe solicitar el reintegro a su Compañía.
Espero que la información os sea util...
Según la Orden SAS/1466/2010 de 28 de mayo que actualiza el anexo IV del Real Decreto 1030/2006 de 15 de septiembre por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, toda aquella persona que se haya implantado y necesite renovar los componentes externos puede hacerlo. Los pasos a seguir para el trámite de renovación son:
- Solicitar la revisión del Implante en el Centro Implantador.
- Informe del Otorrino, indicando qué componente debe renovarse. Los períodos de renovación aproximados de los componentes son:
. Procesador externo: 7 años
. Micrófono: 4 años
. Antena: 1 año
- La renovación se realiza en el propio Centro Implantador, si no hubiera componentes disponibles en el mismo, el usuario/a, tendría que solicitar un "reintegro de gastos" a través de la Gestoría del Usuario del Hospital. En el caso de ser un Centro Implantador que no pertenezca a la Sanidad Pública, el usuario/a debe solicitar el reintegro a su Compañía.
Espero que la información os sea util...
jueves, 19 de noviembre de 2009
ANTEPROYECTO DE LEY
Desde el pasado año en FAPAS, venimos trabajando en el Anteproyecto de Ley de Lengua de Signos y Medios de Apoyo a la Comunicación Oral, formando parte de la Comisión Técnica que ha elaborado el texto de dicha Ley.
Hay que hacer notar que el colectivo de personas sordas es muy heterogéneo y que no todas comunican en Lengua de Signos, es por ello que desde FAPAS, queremos que se tengan en cuenta también los intereses del colectivo al que representamos, por ello, debemos tener en cuenta las siguientes cuestiones:
1. En cuanto al nombre de la Ley, la mayoría de las veces se reduce a Ley de Lengua de Signos, obviando el resto "y Medios de Apoyo a la Comunicación Oral". Se debe reivindicar el nombre completo de la Ley, pues si se obvia, habrá siempre una parte del colectivo que quede invisible.
2. En la Ley, se garantiza la igualdad de derechos de las personas sordas, sin tener en cuenta la modalidad comunicativa que usen. Así como la libertad de elección de una u otra modalidad comunicativa.
3. Según la última encuesta del INE (2008), en España hay 1.064.600 personas con discapacidad auditiva, de todas ellas, sólo el 1,25%, comunican en Lengua de Signos. Este dato, es muy significativo y nos lleva a exigir los derechos de una mayoría de personas con discapacidad auditiva, que no encuentran en la Lengua de Signos el remedio a su escasa integración social.
4. Al igual que en todo acto público siempre está presente la figura del Intérprete de Lengua de Signos, para aquellas personas sordas que asistan y lo necesiten; debemos también exigir SIEMPRE, que exista la subtitulación en directo, para aquellas personas sordas que asistan y que no conozcan ni usen la Lengua de Signos.
5. Debemos tener siempre en cuenta, la necesidad de que en todo edificio público se instalen bucles magnéticos o sistemas de FM. Es un recurso necesario para las personas sordas usuarias de prótesis auditivas y pasa a formar parte de manera permanente del equipamiento del edificio.
6. Desde luego, si la idea es conseguir la integración social plena del colectivo de personas sordas, a través de la Lengua de Signos y de la figura del Intérprete de Lengua de Signos, esta Ley deja fuera a un colectivo mayoritario, usuario de audífonos e implantes cocleares, que seguirán siendo invisibles para toda la sociedad y para los/as políticos/as de Andalucía, que siguen pensando que los sordos son los que sigan y no los que hablan.
viernes, 12 de septiembre de 2008
LEY 27/2007, DE 23 DE OCTUBRE.
LEY 27/2007, DE 23 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE RECONOCEN LAS LENGUAS DE SIGNOS ESPAÑOLAS Y SE REGULAN LOS MEDIOS DE APOYOS A LA COMUNICACIÓN ORAL DE LAS PERSONAS SORDAS, CON DISCAPACIDAD AUDITIVA Y SORDOCIEGAS (Publicada en el BOE nº255, 24 de octubre de 2007)
Dentro del grupo de personas con discapacidad auditiva, existe una gran heterogeneidad en cuanto a la forma de comunicación que utilizan. Esta Ley, viene a regular tanto el conocimiento, aprendizaje y uso de la Lengua de Signos Española, para aquellos usuarios/as que por ella opten; como el acceso a medios de apoyo a la comunicación oral, para aquellos/as usuarios/as que opten por la comunicación en Lengua Oral. Todo ello, porque las personas sordas tienen pleno derecho a acceder a la comunicación y a la información con el entorno, así como a expresar sus propias ideas y voluntades a través de una lengua. Sólo así, es posible el logro de una integración social y cultural de carácter universal.
Las lenguas de signos españolas, no han tenido el reconocimiento ni el desarrollo que les corresponde, de ahí la necesidad de esta Ley que viene a corroborar la relevancia del uso y conocimiento de esta lengua.
También a lo largo del siglo XX, se han dado pasos de gigante en cuanto a los avances en medicina, audiología, ciencia, teconología, pedagogía y lectura labial en relación con la audición. Es por ello, que se han conseguido grandes expectativas en el campo de la sordera en cuanto al acceso a la comunicación oral. Estos avances, hacen posible, que una persona sorda, estimulada a través de sus prótesis auditivas y con recursos y medios de apoyo a la comunicación oral, pueda acceder a la lengua oral.
El objeto de la Ley es reconocer y regular la Lengua de Signos Española como lengua de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas en España que libremente decidan utilizarla. También, es objeto de esta Ley, la regulación de los medios de apoyo a la comunicación oral destinados a las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas; reconociendo el derecho de optar libremente tanto por el uso de Lengua de Signos como de Lengua Oral a las personas sordas, que en el caso de menores de edad, correrá siempre a cargo de sus padres o tutores.
La Ley, se divide en 2 Títulos:
- Título I: que aborda el aprendizaje, conocimiento y uso de las Lenguas de Signos Españolas.
- Título II: que aborda el aprendizaje, conocimiento y uso de los medios de apoyo a la comunicación oral.
La ley, ha sido un hito importante en el movimiento asociativo de las personas sordas, tanto dentro de las Asociaciones de personas sordas adultas, como de las Asociaciones de familias de personas sordas. Y entre todos y todas, vamos a luchar para que siempre nuestros derechos se hagan efectivos.
Os invito a que leáis la Ley y la estudiéis, ya que sirve para conocer las opciones que existen en cuanto al acceso a la comunicación de las personas sordas.
lunes, 14 de julio de 2008
¿QUÉ ES LA SORDERA?
La sordera o hipoacusia es un déficit sensorial que dificulta la adquisición y desarrollo del lenguaje, problema que puede paliarse gracias a un diagnóstico temprano en los primeros meses de vida y a un proceso de rehabilitación auditiva y logopédica.
La audición es la vía principal a través de la cual se desarrolla el lenguaje oral y otras habilidades que derivan de éste, como la lectura comprensiva, el aprendizaje de idiomas,...
Si una sordera se detecta a tiempo:
- Favorecerá el desarrollo del lenguaje.
- Facilitará el aprendizaje y acceso a la información.
- Reducirá los problemas de comunicación y de relación interpersonal.
- Disminuirá el efecto en todos los procesos cognitivos (memoria, razonamiento, lactura, escritura...)
TIPOS DE SORDERA:
La sordera se puede clasificar según: la localización, el grado de intensidad, el momento de aparición y la causa:
a) según la localización se clasifican en:
1. Sorderas conductivas o de transmisión: cuando la alteración se encuentra en oído externo o el oído medio.
2. Sorderas neurosensoriales o de percepción: cuando la lesión se localiza en el oído interno o en la vía nerviosa auditiva.
3. Sordera mixtas: cuando la causa es sensorial y conductiva.
b) según el grado de intensidad:
- Normoaudición: hasta 20dB.
- Leve: el umbral auditivo está entre 20-40dB. No hay alteraciones significativas en adquisición y desarrollo del lenguaje.
- Media: el umbral auditivo está entre 40-70dB. No se percibe la palabra hablada a intensidad normal. Hay dificultades en comprensión y desarrollo del lenguaje.
- Severa: la pérdida auditiva está entre 70-90dB. Es necesario el apoyo logopédico y el uso de prótesis auditivas.
- Profunda: la pérdida auditiva supera los 90dB. Hay importantes alteraciones en el desarrollo global del niño. Es necesario el apoyo logopédico, la lectura labial y el uso de prótesis auditivas.
c) según el momento de aparición:
- Prelocutiva: la sordera se presenta antes de que se haya desarrollado el lenguaje (antes de los 2 años aproximadamente)
- Perilocutivas: la sordera aparece en el momento en que se está desarrollando el lenguaje (2-5 años aproximadamente)
- Postlocutivas: la sordera aparece después de que el niño haya desarrollando el lenguaje (después de los 5 años aproximadamente)
d) según la causa:
- Genética.
- Adquirida.
jueves, 3 de julio de 2008
PROGRAMA DE DETECCIÓN PRECOZ DE LA SORDERA
La precocidad en el diagnóstico de posibles déficits en la audición es de capital importancia para su tratamiento, incluso, cuando se trate de pérdidas auditivas leves.
Detectada una posible pérdida de audición, y confirmado el diagnóstico, comienza una decisiva etapa para el niño o la niña y para su familia, que, sino se aprovecha convenientemente, será un tiempo irrecuperable que afectará negativamente a su desarrollo personal, al lenguaje y a sus aprendizajes futuros.
En 2.003, el Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas aprobaron el Programa de Detección Precoz de la Sordera para su implantación a nivel estatal. Con este programa, se pretende detectar la sordera en los primeros días de vida, a través del Screening auditivo realizado con carácter universal a todos los recién nacidos.
Técnicas para la detección precoz de la sordera:
- Potenciales Evocados Auditivos del Tronco Cerebral (PEATC)
- Otoemisiones Acústicas (OEA)
De acuerdo con el Programa de Detección Precoz de la Sordera aprobado por el Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas, debe realizarse:
- La detección antes de 1 mes.
- El diagnóstico a los 3 meses.
- La intervención audioprotésica y logopédica a los 6 meses.
¿Qué deben saber los padres y las madres?
- La intervención habilitadora y educativa debe comenzar tan pronto como se confirme el diagnóstico.
- Existen diferentes métodos de rehabilitación, basados en los distintos sistemas de comunicación. El método ideal será el que mejor responda a las necesidades individuales de cada niño o niña, dependiendo de sus propias variables personales y del entorno que le rodea.
- La correcta adaptación de las prótesis auditivas (audífono y/o implante coclear) y su uso continuado posibilitará el aprovechamiento de los restos auditivos, que, con mucha probabilidad, se conservan.
(Datos obtenidos de la Página Web de FIAPAS. Confederación Española de Familias de Personas Sordas)
Detectada una posible pérdida de audición, y confirmado el diagnóstico, comienza una decisiva etapa para el niño o la niña y para su familia, que, sino se aprovecha convenientemente, será un tiempo irrecuperable que afectará negativamente a su desarrollo personal, al lenguaje y a sus aprendizajes futuros.
En 2.003, el Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas aprobaron el Programa de Detección Precoz de la Sordera para su implantación a nivel estatal. Con este programa, se pretende detectar la sordera en los primeros días de vida, a través del Screening auditivo realizado con carácter universal a todos los recién nacidos.
Técnicas para la detección precoz de la sordera:
- Potenciales Evocados Auditivos del Tronco Cerebral (PEATC)
- Otoemisiones Acústicas (OEA)
De acuerdo con el Programa de Detección Precoz de la Sordera aprobado por el Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas, debe realizarse:
- La detección antes de 1 mes.
- El diagnóstico a los 3 meses.
- La intervención audioprotésica y logopédica a los 6 meses.
¿Qué deben saber los padres y las madres?
- La intervención habilitadora y educativa debe comenzar tan pronto como se confirme el diagnóstico.
- Existen diferentes métodos de rehabilitación, basados en los distintos sistemas de comunicación. El método ideal será el que mejor responda a las necesidades individuales de cada niño o niña, dependiendo de sus propias variables personales y del entorno que le rodea.
- La correcta adaptación de las prótesis auditivas (audífono y/o implante coclear) y su uso continuado posibilitará el aprovechamiento de los restos auditivos, que, con mucha probabilidad, se conservan.
(Datos obtenidos de la Página Web de FIAPAS. Confederación Española de Familias de Personas Sordas)
lunes, 30 de junio de 2008
¿OYE BIEN TU HIJO/A?
Si has pasado alguna de estas situaciones, el riesgo de que tu hijo/a tenga algún problema de audición es mayor:
ANTECEDENTES FAMILIARES DE SORDERA
DURANTE EL EMBARAZO:
- Infecciones en la madre (citomegalovirus, rubeola, sífilis, herpes y toxoplasmosis)
- Medicamentos que dañan al oido.
- Hábitos tóxicos maternos (alcoholismo, tabaquismo, drogodependecias)
EN EL PARTO:
- Hipelbirrubinemia grave.
- Parto dificil.
- Peso inferior a 1.500 gramos.
- Estancia en la UCI neonatal superior a 48 horas. Presencia de malformaciones craneofaciales en el niño/a.
DESPUÉS:
- Otitis media crónica o de repetición.
- Paperas.
- Sarampión.
- Meningitis bacteriana.
- Medicamentos dañinos para el oido.
- Traumatismo craneoencefálico.
(Datos obtenidos de la Página web de FIAPAS)
ANTECEDENTES FAMILIARES DE SORDERA
DURANTE EL EMBARAZO:
- Infecciones en la madre (citomegalovirus, rubeola, sífilis, herpes y toxoplasmosis)
- Medicamentos que dañan al oido.
- Hábitos tóxicos maternos (alcoholismo, tabaquismo, drogodependecias)
EN EL PARTO:
- Hipelbirrubinemia grave.
- Parto dificil.
- Peso inferior a 1.500 gramos.
- Estancia en la UCI neonatal superior a 48 horas. Presencia de malformaciones craneofaciales en el niño/a.
DESPUÉS:
- Otitis media crónica o de repetición.
- Paperas.
- Sarampión.
- Meningitis bacteriana.
- Medicamentos dañinos para el oido.
- Traumatismo craneoencefálico.
(Datos obtenidos de la Página web de FIAPAS)
jueves, 26 de junio de 2008
¿CÓMO HABLAR A UNA PERSONA CON DISCAPACIDAD AUDITIVA?
ANTES DE LA CONVERSACIÓN:
- No le hables nunca sin que te esté mirando.
- Llama su atención con un ligero toque o con una discreta seña antes de hablar.
- Háblale de frente, con la cara bien iluminada para facilitar la labiolectura.
- Sitúate a su altura (si se trata de un niño con mayor motivo)
DURANTE LA CONVERSACIÓN:
- Mientras le hables, no mantengas nada en los labios (un cigarrllo, un bolígrafo...) ni en la boca (un caramelo, goma de mascar...) Evita poner las manos delante de la boca.
- Vocaliza bien, pero sin exagerar y sin gritar. Habla siempre con voz.
- Habla con naturalidad. No le hables deprisa, ni demasiado despacio.
- No hables de modo rudimentario o en argot. No comuniques con palabras sueltas.
- Si no te entiende, repite el mensaje. Construye la frase de otra forma más sencilla, pero correcta, y con palabras de significado similar.
- Ayuda a la comunicación, bien con gestos naturales, que les sirvan de apoyo, bien con alguna palabra escrita.
- En conversaciones en grupo es necesario respetar los turnos entre los interlocutores e indicar previamente quién va a intervenir.
(FIAPAS. Confederación Española de Familias de Personas Sordas)
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